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Por Guardiana (Bolivia)

Jueves 14 de octubre de 2021.- A través de la Defensoría de la Niñez o el Ministerio Público, una persona puede denunciar la agresión sexual a una niña, niño o adolescente y se necesitan por lo menos 10 pasos para que la acusación llegue a un juicio y sentencia contra el supuesto agresor.

El abuso sexual (toques impúdicos), la violencia sexual y el estupro son un delito y dependiendo de la gravedad del caso, la o el juez determinará la cantidad de años que el agresor deberá pasar tras las rejas. En Bolivia, la pena máxima que existe es de 30 años de prisión sin derecho a indulto (para ampliar este tema puedes leer: Acariciar a una niña por motivación sexual es agresión, delito y tiene cárcel).

Violencia sexual es toda conducta tipificada en el Código Penal que afecte la libertad e integridad sexual de una niña, niño o adolescente.

Ley 548, Código Niña, Niño y Adolescente

Según el director de Defensoría Municipal en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en La Paz, Harry Suaznabar, aproximadamente el 70 por ciento de las denuncias ingresan por la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) y el 30 por ciento por la Defensoría de la Niñez. No obstante, al ser comprobados, los casos llegan siempre al Ministerio Público.

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1. Presentación de la denuncia

La coordinadora de la Fiscalía Especializada en Razón de Género, Delitos Sexuales, Trata y Tráfico en el Ministerio Público, Verónica Miranda, explica que el primer paso es que se presente por escrito la denuncia, adjuntando una valoración psicológica que puede ser realizada en la Defensoría de la Niñez y Adolescencia o en el Servicio Legal Integral Municipal (SLIM) del municipio que corresponda.

"La denuncia -agrega- también puede ingresar por la FELCV o directamente acá (a la Fiscalía). A veces los denunciantes también adjuntan un certificado médico forense porque los niños a veces confunden un toque impúdico con una violación en sí".

2. Análisis del caso

La Fiscalía analiza el caso, es decir los documentos presentados, y realiza un sorteo para asignar una o un fiscal al caso, según la fiscal Miranda. No hay que olvidar que el papel de quien es fiscal es el de dirigir las investigaciones y presentar las pruebas contra el acusado.

En caso de que la denuncia ingrese primero por la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, Suaznabar indica que esta instancia recibe la denuncia e indaga el hecho a través de sesiones psicológicas con la víctima. "La Defensoría cuenta con especialistas en el área y se utilizan los instrumentos de acuerdo a la edad cronológica de la víctima para obtener la información de lo que sucedió".

3. Determinación del delito

Luego de la valoración de los antecedentes y los documentos presentados, la Fiscalía elabora el cuaderno de investigaciones.

En caso de que la denuncia ingrese primero por la Defensoría, en el segundo paso, esta institución elabora la valoración psicológica y determina el tipo de agresión sexual y la gravedad. "Ahí nos damos cuenta de si se trató de una violación, abuso sexual, rapto, violación en estado de inconsciencia, etc", puntualiza Suaznabar.

4. Medidas de protección y más evaluaciones

La fiscal Miranda señala que en un cuarto paso en el proceso de la denuncia, la Fiscalía establece medidas de protección a favor de la víctima. "Establecemos que el agresor no puede acercarse a la víctima, ni a su domicilio ni a su lugar de estudio".

Si el caso está en la Defensoría, el médico forense realiza una evaluación ginecológica al menor que haya sufrido la agresión sexual.

5. Identificación del agresor y declaración de testigos

En este quinto paso, Miranda explica que la Fiscalía toma la declaración de los testigos del hecho. "Hacemos las directrices de la investigación. Se toma la declaración de los padres, familiares o conocidos que hayan tenido un conocimiento del delito ocurrido".

En tanto, si el caso está siendo analizado primero en la Defensoría, luego de la valoración psicológica y el examen ginecológico realizados a la víctima, se determina si hubo o no daño físico y la Policía ubica al supuesto agresor.

"Trabajamos de manera conjunta con la FELCV, es más, de hecho, en las próximas semanas la Defensoría de la Niñez tendrá su propio espacio en la FELCV para trabajar a la par en estos casos de agresiones sexuales a menores de edad".

Verónica Miranda, coordinadora de la Fiscalía Especializada en Razón de Género, Delitos Sexuales, Trata y Tráfico en el Ministerio Público
6. Recolección de evidencias

Suaznabar es el encargado de explicar el sexto paso en el que la FELCV registra el lugar del hecho y recolecta las evidencias en una pericia al lugar del hecho. "La Defensoría acompaña esta parte del proceso, especialmente cuidando que la víctima no esté presente en este registro del lugar porque es cuando se recolectan evidencias como la ropa interior, muestras de semen, etc".

Asimismo, si la acusación fue realizada primero en el Ministerio Público, esta instancia ya cita al sindicado y se lo notifica para que brinde la declaración correspondiente.

7. Aprehensión del acusado

Si bien tanto el Ministerio Público como la Defensoría de la Niñez y Adolescencia tienen su propio procedimiento y tiempos para analizar el caso e identificar al agresor, es a partir del séptimo paso en que ambas instituciones se unen para trabajar en conjunto.

En esta parte del proceso, según la fiscal Miranda, la Fiscalía toma la declaración al sindicado y si con esos datos, más los obtenidos en la valoración psicológica, se determina el hecho y cuándo lo hizo, se aprehende al acusado.

Si la denuncia ingresó primero por la Defensoría de la Niñez, esta institución presenta, según Suaznabar, todos los elementos de convicción ante la Policía para que esta elabore un informe que luego derive a la Fiscalía.

"Nosotros como Defensoría nos apersonamos al Ministerio Público y al juzgado para asistir a la audiencia de medidas cautelares y en los casos que corresponda pedir la detención preventiva", especificó Suaznabar.

8. Audiencia de medidas cautelares

En el octavo paso se realiza la audiencia de medidas cautelares en las que una o un juez determinará si el supuesto agresor enfrentará el juicio en libertad o tras las rejas y esta decisión dependerá de varios factores. La Fiscalía tiene 24 horas de plazo para hacer la imputación.

A la par, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia hace un seguimiento al caso y propone elementos investigativos en la etapa preparatoria.

"Si hay una víctima con un desgarro, se presentan los resultados del examen ginecológico, por ejemplo", agregó Suaznabar.

9. Sanciones al acusado

Ya en este noveno paso, luego de la audiencia de medidas cautelares, la o el juez determina la detención preventiva o domiciliaria para el acusado.

La Defensoría continúa con su seguimiento al proceso hasta que, en caso de que corresponda, el acusado sea sentenciado.

10. Antes de la sentencia

Luego de la audiencia cautelar, se espera un tiempo de seis meses para realizar las pericias de la investigación.

"También se toma la declaración del niño o niña en cámara gesell (laboratorio de observación cerrado con una cámara), eso para evitar que vaya a juicio y se le pregunte varias veces lo que pasó", explicó la fiscal Miranda. Este hecho es de vital importancia porque si no fuera así, se terminaría revictimizando a la pequeña o pequeño haciéndole contar varias veces lo que le ocurrió. Precisamente, se trata de evitar este problema.

En este décimo y último paso, la Defensoría de la Niñez trabaja con la víctima en terapias psicológicas para su recuperación.

"Son nuestros terapeutas especializados quienes trabajan en la recuperación emocional y psicológica de la víctima para que ésta se restablezca totalmente. Tomemos en cuenta que los traumas que dejan las agresiones sexuales son de larga data en muchos casos y hay que evitar las consecuencias a largo plazo", enfatizó Suaznabar.

10 pasos en denuncia por agresión sexual de lahormigaparati
¿Qué hace la Defensoría del Pueblo?

La jefa de la Unidad de Defensa de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, Mabel Martínez, explica que esta instancia no tiene competencia directa para intervenir en los asuntos entre particulares, sino que únicamente puede hacer un seguimiento para verificar que los servidores públicos resguarden los derechos de la víctima y cumplan con el procedimiento y plazos adecuados.

"Si la denuncia llega a nuestra instancia, nosotros tomamos contacto con la Defensoría de la Niñez del municipio que corresponda para que ellos hagan el patrocinio o el acompañamiento como tal. También vemos si el Ministerio Público más adelante toma el caso", explicó.

Inconvenientes

Sin embargo, Mabel Martínez hizo notar que el trabajo de la Defensoría del Pueblo se ve limitado cuando el Ministerio Público no colabora en dar la información correspondiente a las instancias que hacen el seguimiento al caso.

"El Ministerio Público tiene una actitud bastante reticente en cuanto a brindar información con respecto a un proceso de investigación. No facilita el cuaderno de investigaciones, a veces señala que la Defensoría no es parte del proceso y difícilmente podemos acceder al cuaderno de investigaciones", afirmó.

Mabel Martínez, jefa de la Unidad de Defensa de Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo

Otro obstáculo se da cuando la Fiscalía declara el caso en reserva y entonces la Defensoría del Pueblo se ve impedida en asistir a las audiencias y hacer un seguimiento correspondiente al caso.

¿Qué hacen los SLIM?

Según la página oficial del SLIM, esta instancia, al conocer de un hecho de agresión sexual a una niña, niño o adolescente (o cualquier agresión de violencia) se convierte en instancia promotora de la denuncia y presenta la denuncia de esos hechos ante la FELCV o el Ministerio Público.

Pero además, brinda una protección a la víctima derivándola a un hogar de acogida para que no esté cerca de su agresor, además de evaluaciones psicológicas que posteriormente pueden servir como elemento de prueba en un proceso judicial.

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