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Por Veeduría Ciudadana y Guardiana (Bolivia)

Suele ocurrir que cuando una o un periodista formula una pregunta a una autoridad del Gobierno central o de una gobernación o incluso de una alcaldía, le respondan: "Esa no es nuestra competencia". ¿Será así?

La ciudadanía debe conocer las competencias de los tres niveles de Gobierno que existen en Bolivia en cuanto a la formulación de políticas, financiamiento, normativa, estrategias, dotación, control y regulación del manejo del agua potable en el país, más en tiempos de sequía como los actuales. Tal conocimiento permite que pueda ejercer sus derechos como corresponde.

Como te darás cuenta cuando leas las competencias de cada uno de los tres niveles de gobierno que existen en Bolivia (Gobierno central o nacional, gobierno departamental o gobernación y gobierno municipal o alcaldía), el que hagan su trabajo de forma eficiente implica un alto nivel de coordinación entre dichos niveles. ¿Se produce tal coordinación?

Puedes ver en este reportaje cómo está la coordinación en departamentos como La Paz: Más reservas de agua, bajar evaporización y coordinar mejor evitarán crisis en La Paz.

GOBIERNO CENTRAL
Competencias exclusivas
  • Formular y aprobar el régimen y las políticas, planes y programas de servicios básicos del país; incluyendo a dicho régimen el sistema de regulación y planificación del servicio, políticas y programas relativos a la inversión y la asistencia técnica.
  • Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de alcantarillado sanitario con la participación de los otros niveles autonómicos.
  • Formular el marco regulatorio.
  • Formular políticas financieras para el desarrollo y sostenibilidad de los servicios.
  • Formular políticas y normas destinadas a proteger la seguridad y derechos de los usuarios de los servicios.
  • Elaborar anualmente planes de expansión de la cobertura y del mejoramiento de la calidad de los servicios del país.
  • Diseñar y promover programas para la expansión y mejoramiento de la calidad de los servicios en zonas periurbanas y rurales.
  • Gestionar financiamiento de la cooperación internacional para impulsar el desarrollo de los servicios.
  • Fomentar y promover la asistencia técnica, la capacitación de los recursos humanos, la investigación científica y tecnológica, y los programas de educación sanitaria.
  • Implementación de proyectos para mejorar la calidad del agua destinada al consumo humano, priorizando su implementación en el departamento de Beni.
Competencias compartidas del Gobierno central

En proyectos de agua potable: elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente proyectos de agua potable y alcantarillado de manera compartida con los otros niveles autonómicos.

Competencias compartidas de las gobernaciones
  • Elaborar, financiar y ejecutar subsidiariamente planes y proyectos de agua potable y alcantarillado de manera compartida y coordinada con el Gobierno central, los gobiernos municipales y las Autonomías Indígeno Originarias Campesinas (AIOC) que correspondan, pudiendo delegar su operación y mantenimiento a los operadores correspondientes, una vez concluidas las obras.
  • Coadyuvar con el nivel central o nacional en la asistencia técnica y planificación sobre los servicios básicos de agua
    potable y alcantarillado.
  • Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de alcantarillado sanitario en calidad de delegación o transferencia de la facultad reglamentaria y/o ejecutiva.
  • Coordinar con el nivel nacional y los gobiernos municipales la supervisión y control de la ejecución y calidad de obras de infraestructura de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, financiadas con recursos públicos.
  • Fomentar la asociación de asentamientos humanos para la prestación conjunta de los servicios de agua potable y
    alcantarillado sanitario en coordinación con los gobiernos municipales.
  • Informar al nivel nacional sobre las organizaciones no gubernamentales y otras entidades que desarrollan actividades relacionadas con los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.
  • Velar para que las actividades relacionadas con el riego, realizadas por las organizaciones no gubernamentales y otras
    entidades competentes, se encuadren dentro de las disposiciones legales.
  • Apoyar a todas las organizaciones públicas en la gestión de riego, a través de los servicios departamentales de riego (Sederi).
Municipios, competencias exclusivas

Servicios básicos y aprobación de las tasas que correspondan (parámetros fijados y aprobados por el servicio de agua potable).

Municipios, competencias compartidas
  • Ejecutar programas y proyectos de los servicios de agua potable y alcantarillado.
  • Elaborar, financiar y ejecutar proyectos de agua potable, y cuando corresponda, de manera compartida y coordinada con el nivel central y los otros niveles autonómicos; así como coadyuvar en la asistencia técnica y planificación. Concluidos los proyectos podrán ser transferidos al operador del servicio.
  • Proveer los servicios de agua potable y alcantarillado a través de entidades públicas, cooperativas, comunitarias o mixtas sin fines de lucro.
  • Aprobar las tasas de los servicios públicos de agua potable y alcantarillado, cuando éstos presten el servicio de forma directa.
  • Proponer ante la autoridad competente y desarrollar planes y programas municipales de expansión de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario; identificar y viabilizar las áreas de servidumbre.
  • Vigilar que las obras, actividades o proyectos que se realicen no atenten contra la sostenibilidad y calidad de
    los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario, y poner en conocimiento de las autoridades competentes las infracciones correspondientes.
  • Informar sobre las organizaciones no gubernamentales y otras entidades que desarrollan actividades relacionadas con los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario. Brindar asistencia técnica a las entidades prestadoras de servicios de agua potable y alcantarillado sanitario.
  • Supervisar y fiscalizar, junto a los usuarios, la correcta ejecución de los proyectos de riego que se implementen, en coordinación con los servicios departamentales de riego (Sederi). Coadyuvar en el funcionamiento del marco regulatorio y cumplimiento de la normativa para el riego, en coordinación con los servicios departamentales de riego (Sederi).
Autonomías indígenas originario campesinas, competencias exclusivas
  • Riego: Mantenimiento y administración de sus sistemas de microrriego.
  • Medio Ambiente: Administración y preservación de áreas protegidas, en el marco de la política del Estado
  • Recursos Naturales: Gestión y administración de los recursos naturales renovables.
  • Participar y desarrollar los mecanismos necesarios de consulta previa sobre la explotación de recursos naturales.
  • Gestión de Riesgos: Desarrollar y ejecutar sus sistemas de prevención y gestión de riesgos acordes al manejo integral que históricamente tienen y los conocimientos ancestrales.
Competencias compartidas
  • Sistemas de riego
  • Construcción de sistemas de microrriego
  • Conservación de recursos forestales, biodiversidad y medio ambiente
  • Proteger y contribuir a la protección (según sus normas y prácticas propias) del medio ambiente, la biodiversidad, los recursos forestales y fauna silvestre, manteniendo el equilibrio ecológico y el control de la contaminación ambiental.
  • Sistemas de recursos hídricos, fuentes de agua.
  • Implementar las acciones y mecanismos necesarios de acuerdo a sus normas y procedimientos propios para la ejecución de la política general de suelos y cuencas.
Funciones de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento (Epsas)
  • Presupuestar y ejecutar, de acuerdo a normas y especificaciones técnicas, la conexión domiciliaria externa (acometida), es decir el tramo comprendido entre la tubería de la red de distribución y la válvula de salida del medidor (el pago corresponde al propietario del inmueble).
  • En toda conexión domiciliaria de agua potable, la EPSA debe proporcionar y ubicar un medidor en un lugar visible y de fácil lectura para el usuario y la EPSA.
  • Proveer conexiones domiciliarias y redes de agua y alcantarillado sanitario con materiales que tengan certificación de buena calidad.
  • Realizar el mantenimiento del conjunto de instalaciones del sistema público que termina en el medidor, quedando bajo la custodia y responsabilidad de los usuarios el medidor y protector, que forman parte de esa conexión.
  • Hacer el mantenimiento de las obras exteriores de alcantarillado sanitario, desde la red hasta antes de las conexiones internas del inmueble (acometida), con personal especializado. Cualquier actividad de renovación o reemplazo de las obras exteriores deberá ser notificada al propietario en un plazo no menor a dos días.
  • Proporcionar a los usuarios agua potable en calidad, cantidad y continuidad adecuadas y necesarias, salvo casos de fuerza mayor o emergencias de acuerdo a las normas vigentes y bajo autorización de la AAPS.
  • Distribuir agua potable en cantidad, calidad y continuidad dentro del área de prestación del servicio autorizada por la AAPS.
  • Prestar el servicio de alcantarillado sanitario dentro del área de prestación del servicio autorizada por la AAPS.
  • Tratar las aguas residuales y servidas en plantas de tratamiento, contribuyendo a la preservación del medio ambiente.
  • Informar de manera permanente a las y los usuarios sobre los servicios, la documentación requerida para instalaciones domiciliarias, precios, tarifas, cortes, mejoras y reclamos.
  • Comunicar a través de medios de difusión masiva, con anticipación de 24 horas, los cortes de servicio
    programados que duren más de tres horas.
  • Proporcionar a los usuarios información veraz y suficiente sobre el servicio consultado.
  • Destinar a la sostenibilidad del servicio los ingresos provenientes de la prestación de los servicios de
    agua potable y alcantarillado sanitario.
  • Compensar al usuario por daños ocasionados en circunstancias de negligencia, impericia o descuido
    en la prestación del servicio, de acuerdo con las características del mismo y calificados por la AAPS.
  • Medir los consumos mediante dispositivos adecuados, con certificación de calidad.
  • Verificar los consumos a solicitud del usuario.
  • Prestar el servicio de agua potable y alcantarillado sanitario en el área de prestación de servicio autorizada por la AAPS.
Principales funciones de la Autoridad del Agua

La Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento (AAPS) tiene las siguientes competencias como las más importantes:

  • Proteger los derechos de los usuarios de los servicios de agua potable y saneamiento básico.
  • Aprobar metas de calidad, expansión y desarrollo de las EPSA consistentes en planes, programas y proyectos de
    desarrollo de los servicios.
  • Regular y fiscalizar a los prestadores de los servicios en lo referente a planes de operación, mantenimiento, expansión, fortalecimiento del servicio, precios, tarifas, cuotas o aportes.
  • Controlar y fiscalizar el tratamiento del vertido de aguas residuales industriales, mineras y otras que afecten las fuentes de agua para consumo humano.
  • Otorgar derechos y establecer obligaciones a la EPSA para el uso y el aprovechamiento sobre fuentes de agua para consumo humano y para la prestación de servicios de agua potable y saneamiento.
  • Asegurar el cumplimiento del derecho fundamental de acceso al agua y priorizar su uso para el consumo humano en el marco de las competencias asignadas por Ley.
  • Velar por el cumplimiento de las obligaciones y derechos de los titulares de las autorizaciones, licencias y registros.
  • Conocer y procesar las denuncias y reclamos presentados por afectados y usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario de las EPSA a nivel nacional.
  • Fiscalizar a las EPSA, coadyuvando a la sostenibilidad de prestación de servicios; respetando y protegiendo
    los usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de las organizaciones indígena originario campesinas, en el marco de la Constitución.
  • Vigilar la correcta prestación de los servicios por parte de las EPSA, el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, incluyendo la ejecución del plan de inversiones comprometido y el mantenimiento u operación de sus instalaciones.

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