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Por Guardiana (Bolivia)

Jueves 11 de abril de 2024.- Un proyecto de ley presentado en La Paz propone el pago de un bono mensual a las hijas e hijos huérfanos de víctimas de feminicidio de un monto no inferior al 20 por ciento del salario mínimo nacional, que actualmente es de 2.362 bolivianos. Además plantea aplicar otras medidas más destinadas a atenuar las dificultades de alimentación, salud, educación y vivienda que atraviesan por su situación de desprotección.

Sobre la base del actual salario mínimo, el bono sería de 472 bolivianos, monto similar a la que se paga por concepto de asistencia familiar. Esa cifra varía cada año por los reajustes salariales que hacen las autoridades.

El documento fue presentado este jueves en la Asamblea Legislativa por organizaciones civiles que trabajan en favor de niños, niñas y adolescentes, no sólo cubre a los huérfanos de feminicidios, sino también por el delito de asesinato, cuando la persona procesada sea pareja de la víctima-madre, y por el delito de homicidio-suicidio, cuando sea consecuencia de una situación de violencia.

Los feminicidios registrados entre 2006 y el 10 de abril de 2024 dejaron un saldo de 788 huérfanos y huérfanas, según el Observatorio para la Exigibilidad de los Derechos de las Mujeres.

Las medidas dispuestas –se lee en el proyecto de Ley de Protección Integral y Reparación para Hijas e Hijos Huérfanos de Feminicidio– están dirigidas a las hijas e hijos huérfanos que se encuentren en las siguientes circunstancias:

  • Menores de edad: Son aquellas hijas e hijos menores de 18 años al momento de la comisión del delito.
  • Mayores de edad hasta los 25 años en situación educativa: Son las y los jóvenes mayores de edad y hasta los 25 años que se encuentren realizando estudios superiores, a fin de procurar su formación técnica o profesional o el aprendizaje de un arte u oficio, siempre y cuando la dedicación a su formación evidencie resultados efectivos.
  • Mayores de edad con discapacidad impedidos de trabajar: Son las hijas e hijos mayores de 18 años que por su grado de discapacidad no puedan trabajar. En relación al bono económico serán beneficiarios sin perjuicio de que perciban cualquier otro bono.
  • Menores de edad bajo acogida circunstancial o definitiva: Son las hijas e hijos menores de 18 años que se encuentren bajo acogida, ya sea de manera circunstancial o definitiva, en centros estatales o de convenio.
Imagen de las personas que asistieron a la presentación del proyecto de ley en el patio de honor de la Asamblea Legislativa
(foto: Fundación Voces Libres)
Bono provisional y definitivo

El bono será otorgado por el nivel central del Estado y, según el proyecto de ley, se establecen dos modalidades. Se menciona que habrá un bono provisional a partir del inicio de la investigación del hecho delictivo para que el apoyo sea inmediato. En caso de que la justicia se pronuncie por la absolución de la persona procesada o no se la hubiera encontrado, “ello no será justificativo para no acceder o perder el bono”.

El bono económico tendrá la condición de definitivo, la segunda modalidad, cuando ya exista sentencia ejecutoriada.

Duración del bono

Las y los beneficiarios recibirán el bono económico hasta que se produzca alguno de los siguientes eventos, señala el proyecto de ley:

  1. Alcance de la mayoría de edad y no se encuentren estudiando, excepto cuando hubiere concluido los estudios de secundaria y se encuentre en proceso para la inscripción o matriculación a una universidad o instituto de formación técnica o superior.
  2. Alcance la edad de 25 años o concluya con su formación técnica o superior.
  3. Se cuente con una sentencia condenatoria con calidad de cosa juzgada que determine que el delito cometido fue otro distinto a aquellos establecidos en esta ley, en cuyo caso el ingreso percibido no deberá ser devuelto.
  4. Conclusión del proceso penal sin obtener una sentencia condenatoria ejecutoriada excepto cuando el motivo sea la prescripción de la acción por muerte de la o el procesado.
  5. Existencia de una resolución de sobreseimiento o sentencia absolutoria con autoridad de cosa juzgada en favor de la o el procesado.
  6. Egreso de los centros de acogida, siempre y cuando no continúen con sus estudios técnicos o profesionales.
  7. Por adopción.
Intentos de protección municipal

En junio de 2022, Guardiana informó que 20 municipios de todo el país habían promulgado leyes locales en beneficio de las y los huérfanos de feminicidio por iniciativa de la Defensoría del Pueblo que decidió trabajar de forma directa con las alcaldías ya que no encontraba respuestas en la Asamblea Legislativa a las iniciativas para el tratamiento de una ley.

De todas maneras, las leyes municipales aprobadas por las 20 alcaldías tenían corto alcance. Ninguno de esos gobiernos locales había aprobado, hasta entonces, las reglamentaciones correspondientes y, por tanto, no estaba en condiciones de entregar apoyo niñas, niños y adolescentes huérfanos de feminicidio. Es más, en 15 de ellos no había siquiera población beneficiaria, según la Defensoría.

Puedes leer: Huérfanos de feminicidio, a un paso de recibir apoyo económico en 20 municipios

Paquete de alimentos

El proyecto de ley también establece que el gobierno nacional disponga la entrega mensual de un subsidio alimenticio nutritivo suficiente a cada familia que esté a cargo de las y los beneficiarios.

Las y los beneficiarios que  estudien en alguna universidad del sistema nacional podrán acceder al comedor universitario de manera gratuita.

Acceso a la educación

El proyecto de ley plantea que el Estado garantice el acceso y la permanencia de las y los beneficiarios en el sistema educativo y asegure su traspaso inmediato a las unidades educativas correspondientes en caso de cambio de domicilio.

También podrán ingresar de forma directa a las universidades públicas, a los institutos de formación policial, militar y las Escuelas Superiores de Formación de Maestros.

Los centros y escuelas de formación superior, y las universidades privadas, establecerán políticas permanentes para garantizar una cantidad de becas de formación completa para las y los beneficiarios de esta ley.

Acceso a la salud

El documento presentado propone que se garantice que “el Sistema Universal de Salud (SUS), el seguro social a corto plazo y los servicios de salud privados respondan con atención médica y psicológica de emergencia y permanente, así como tratamiento inmediato y continuo si fuera necesario, para restablecer la salud física y emocional de las y los beneficiarios de la presente ley”.

El proyecto de ley agrega: “La prestación de salud será gratuita, y queda expresamente prohibida la negación de atención bajo responsabilidad civil, penal y administrativa. Los establecimientos privados deberán adoptar tarifas diferenciadas con descuentos para estos casos”.

Plan de vivienda

El proyecto plantea que la Agencia Estatal de Vivienda priorice la asignación de viviendas sociales a los huérfanos mediante quienes les cuidan hasta que aquellos sean mayores de edad.

Se aclara que quedaría prohibida la transferencia de las viviendas hasta que las y los beneficiaros sean mayores de edad y se puedan transferir a su nombre. “Mientras tanto, se incluirá una cláusula de usufructo a favor de las y los beneficiarios en la minuta correspondiente”.

Los gestores del proyecto de ley son la Fundación Voces Libres, el Observatorio para la Accesibilidad de los Derechos de las Mujeres y Educación Radiofónica de Bolivia (Erbol), más una red de instituciones aliadas que se sumaron a esta iniciativa.

Fruto de una alianza

Esta propuesta de ley tomó cuerpo gracias a una iniciativa ciudadana que vio la luz el 10 de octubre de 2023. Entonces, 47 instituciones privadas y públicas del país (ahora ya son más de 60) decidieron conformar la Alianza por los Huérfanos de Feminicidio en Bolivia.

Mercedes Cortez, abogada y representante de la Fundación Voces Libres, dijo que “hay 11 años de deuda histórica con estos niños huérfanos y ahora tenemos mucha esperanza al ver que esta es una causa que une a la oposición y al oficialismo".

Tomó la palabra a las diputadas Pamela Alurralde, Betty Yañíquez y Alexandra Zenteno, del Comité de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, quienes se comprometieron a impulsar este proyecto de ley que tiene un enfoque de derechos humanos de estos niños tan vulnerables.

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